Aciertos y desaciertos: la Constitución de 1940
Propició el fortalecimiento de la sociedad civil, de la libertad de expresión y de una prensa plural y abarcadora en Cuba.
La Constitución es el texto de mayor jerarquía jurídica y política de un Estado. Responde a imperativos del presente y apunta al futuro inmediato. Formaliza la relación del ciudadano con el Estado y con los fundamentos de la legalidad. Refleja el desarrollo social alcanzado y la correlación de las fuerzas políticas. Establece las obligaciones, y reconoce y garantiza los derechos ciudadanos. Por esas y otras características se le denomina Carta Magna o Ley de leyes.
Como pactos sociales, las constituciones emergen de los intereses y la correlación de fuerzas en cada momento. Y como esos intereses y fuerzas cambian, las constituciones también cambian. Su articulado surge de transacciones, donde cada parte cede algo a cambio de algo hasta llegar al consenso en torno a una meta común. Cada generación "tiene derecho a su propio sistema jurídico", dijo Thomas Jefferson. Mientras Márquez Sterling la definió como "un traje adecuado a las necesidades del país".
¿Cuáles son los antecedentes y cómo trascurrió el proceso constitucional en Cuba?
La historia constitucional que comenzó por la Carta Magna que los nobles ingleses impusieron al rey Juan Sin Tierra en 1215, hasta la Declaración de Francia de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, tuvo en Cuba su primera manifestación en el "Proyecto de Gobierno Autonómico para Cuba", elaborado por el padre José Agustín Caballero en 1811. Se enriqueció con las constituciones de la República en Armas durante la segunda mitad del siglo XIX. Y asumió su forma plena en las constituciones de la República de 1901 y 1940.
La Constitución de 1901, redactada bajo la ocupación militar, adoptó como forma de gobierno la republicana, refrendó la división de los poderes públicos, el hábeas corpus, la libertad de expresión, los derechos de reunión y de asociación, y la libertad de movimiento. Sin ella no se pueden explicar el carácter avanzado de la Constitución de 1940. Precisamente, la reforma constitucional promovida por el Gobierno de Gerardo Machado en 1928, al interrumpir el orden constitucional establecido, desató la violencia que lo expulsó del poder, y abrió un período de inestabilidad que concluyó en 1940 con el restablecimiento constitucional
La Asamblea Constituyente
El reclamo de una nueva constitución devino demanda fundamental de las fuerzas que derrocaron a Machado. La primera señal la emitió Grau San Martín, quien al asumir la presidencia provisional de la República, el 10 de septiembre de 1933, no juró ante la Constitución de 1901, ni ante el Tribunal Supremo de Justicia, como estaba establecido: lo hizo ante el pueblo. Cuatro días después, el 14 de septiembre, promulgó provisionalmente unos Estatutos Constitucionales y proyectó la celebración de una Asamblea Constituyente, a celebrarse en abril de 1934, para confeccionar una nueva Carta Magna, pero dos meses antes de esa fecha, Grau fue destituido. Entonces, Carlos Mendieta, al asumir la presidencia el 18 de enero de 1934, convocó la Asamblea Constituyente para diciembre de ese año, pero debido a las contradicciones entre las fuerzas políticas opuestas, la Constituyente continuó en lista de espera.
Fue Federico Laredo Bru, quien sustituyó a Miguel Mariano Gómez en la presidencia de la República, en noviembre de 1936, quien sorteó con habilidad las dificultades, removió los obstáculos, medió entre los partidos gubernamentales y los jefes de la oposición, los reunió en su finca, promulgó la Ley Electoral con la cual se eligieron, de forma libre y directa, 77 representantes de nueve partidos políticos de ideologías liberal, socialdemócrata y comunista. Cinco de ellos, alineados en el bloque gubernamental, obtuvieron 35 delegados; los otros cuatro, en la oposición, se alzaron con la victoria al alcanzar 42 delegados. Grau San Martín, en su condición de representante de la coalición mayoritaria, asumió la presidencia de la Convención, la cual inauguró sus sesiones el 9 de febrero de 1940.
El traspaso del Partido Demócrata Republicano de Mario García Menocal, de la coalición oposicionista al bloque gubernamental, cambió la correlación de fuerzas en la Asamblea Constituyente, lo que provocó la renuncia de Grau a la presidencia de la Mesa, la cual fue ocupada por el Dr. Manuel Márquez Sterling. A la vez se creó una Comisión Coordinadora, presidida por el Dr. José Manuel Cortina, en la que se agruparon 17 de los líderes más prominentes para estudiar y conciliar los dictámenes, y defenderlos en las asambleas plenarias. El cambio imprimió un mayor ritmo a los debates, lo que permitió concluir en la fecha programada; pues bajo la presidencia de Grau solo se habían aprobado 50 de 286 artículos.
El choque de ideas no impidió las transacciones. El pueblo que ansiaba poner fin a las pugnas desestabilizadoras y sangrientas que se desencadenaron tras la reforma constitucional de 1928, siguió los debates por la radio, la prensa escrita ,y en vivo en los alrededores del Capitolio. La Convención Constituyente se convirtió en el suceso de mayor relevancia política de la primera mitad del siglo XX cubano.
La Constitución de 1940
Estructurada en 19 títulos y 286 artículos, la Constitución de 1940 retomó la división de los poderes públicos y los derechos reconocidos en la de 1901. Declaró a la República estado independiente y soberano, organizado unitario y democráticamente para el disfrute de la libertad, la justicia social, el bienestar individual y la solidaridad humana.
Para corregir los excesos del Poder Ejecutivo, presentados en las primeras décadas republicanas, se adoptó un régimen semiparlamentario donde el presidente debía gobernar a través de un gabinete presidido por un primer ministro, y se conservó la reelección presidencial, pero solo después de ocho años fuera del Gobierno. Se añadió el derecho de las mujeres al voto, el derecho a desfilar y formar organizaciones políticas contrarias al régimen, la autonomía de la Universidad, la declaración de punible a todo acto de prohibición o limitación del ciudadano a participar en la vida política de la nación, el reconocimiento de la legitimidad de oponer resistencia para la protección de los derechos individuales. Y la intervención estatal complementó la iniciativa empresarial, sin posturas extremistas que ahuyentasen al capital extranjero.
Refrendó la existencia y legitimidad de la propiedad privada en su más amplio concepto de función social; la proscripción del latifundio; los salarios mínimos, la jornada semanal de ocho horas, el pago de 48 horas por 44 trabajadas, el descanso retribuido de un mes por cada 11 de trabajo, protección a la maternidad obrera, con pago de seis semanas antes y después del parto; el derecho de los trabajadores a la huelga y el de los patrones al paro obligatoriedad de distribuir las oportunidades de trabajo sin distingo de raza o color, la creación de las comisiones de conciliación con representación paritaria de obreros y patronos para someter los problemas derivados de las relaciones entre el capital y el trabajo; y dedicó 13 artículos al tema educacional y cultural, que fue el más fuertemente debatido.
Su importancia
La Carta Magna de 1940 se tradujo en el crecimiento de una clase media emprendedora; la recuperación de dos terceras partes de los centrales azucareros, que estaban en manos extranjeras; la creación de organismos de institucionalización económica como el Tribunal de Cuentas, el Banco Nacional, el Banco de Fomento Agrícola e Industrial, la Junta Nacional de Economía, la Oficina de Regulación de Precios y Abastecimientos; en el acceso de los cubanos a posiciones de dirección y mando de las empresas, y en el fomento de la industrialización. Esos preceptos constitucionales permitieron a Cuba ubicarse entre los tres países de la región con mayor estándar de vida. ¿El secreto? La pluralidad de las fuerzas participantes en igualdad de derechos y la colocación en primer plano de las necesidades de la nación.
En el orden de las conquistas obreras, la Constitución de 1940 se situó a la cabeza de la mayor parte de los textos de esa índole en el mundo. Fue precursora de la proyección social que los grandes países europeos impartieron a sus constituciones después de la Segunda Guerra Mundial; Francia, en 1946 y 1958, se declaró "república indivisible, laica, democrática y social"; Italia, en 1947 "república democrática fundada en el trabajo"; Alemania Occidental, en 1949, "Estado federal, democrático y social"; y España, "Estado social y democrático de derechos" en 1978. Todas estipularon en mayor o menor grado, la intervención del Estado para suplir la iniciativa individual cuando esta fuera insuficiente y para limitarla cuando fuera antisocial.
Los derechos fundamentales, contenidos en la Declaración Universal de 1948, presentes, ocho antes, en la Constitución del 40, estuvieron en el primer proyecto que se depositó la delegación cubana en el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas para su elaboración.
Sus limitaciones
Como obra humana la Constitución de 1940 no podía ser perfecta. Fue demasiado extensa. Incluyó detalles que correspondían a las leyes complementarias. La causa de su detallismo radicó, además del interés de algunos sectores, en la incertidumbre de que las leyes complementarias se aplicaran, pues ya eso había ocurrido antes con la Constitución de 1901.
A manera de conclusión
La Constitución de 1940 clausuró la Primera República e inauguró la Segunda. Propició el fortalecimiento de la sociedad civil, de la libertad de expresión y de una prensa plural y abarcadora. Estableció un antes y un después entre el período de inestabilidad, que cerró con el presidente Federico Laredo Bru, y el nuevo período constitucional que comenzó con la elección de Fulgencio Batista, quien, sin haber ocupado un puesto entre los delegados, como expresara el historiador José A. Tabares del Real, "fue uno de los actores principales de la Asamblea Constituyente de 1940 y de los procesos que condujeron a su celebración". Y según el criterio de la investigadora Graciela Chailloux, "fue el hombre que entendió cuáles eran los reclamos, los imperativos que sobre Cuba se avecinan".
Lo ocurrido durante la Segunda República y también después, demostró que una constitución avanzada es insuficiente si no se acompaña con los gobernantes y el pueblo preparado para hacerla cumplir. Por ello, más importante y útil que juzgar a los actores, es extraer las experiencias. La Carta Magna de 1940 recobrará toda su grandeza, si somos capaces, a la hora de conformar nuestra próxima Constitución, de colocarnos a la altura de los tiempos y actuar en consecuencia, lo que implica formación cívica, ética y la capacidad para establecer el necesario equilibrio entre los diversos intereses y situar definitivamente a la nación por encima de ideologías, partidos e intereses personales y partidistas. No hay ni habrá constitución eficaz en ausencia de los ciudadanos. Ese es el reto de la Cuba de hoy.